LOS ANIMALES DE SAN ANDRÉS TIENEN CONVENIO

EL ALBERGUE DE LA FAUNA

Dentro de toda la situación cruel y vergonzosa de los animales confinados en el llamado ALBERGUE DEPARTAMENTAL PARA LA FAUNA de la isla de San Andrés, que tocó el corazón de miles de personas en diferentes lugares del territorio nacional y más allá de sus fronteras nacionales, la Gobernación del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina suscribió un convenio interadministrativo con una fundación, cuya razón social es “FUNDACIÓN INSTITUCIÓN ANTONIO NARIÑO” de la ciudad de Barranquilla.

La Gobernación a través del Secretario de Servicios Públicos, les solicitó una oferta dentro de un convenio de asociación con el fin de aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros para la operación del albergue de acuerdo con las metas planteadas en el Plan de Desarrollo 2020-2022.

Se exige, entre otras, que la Fundación contrate por cinco (5) meses, un (1) profesional en humanidades, ciencias sociales o derecho; un (1) administrador del albergue profesional en ciencias administrativas, humanidades o derecho; dos (2) médicos veterinarios; cuatro (4) técnicos o tecnólogos; y un (1) coordinador contable, para un total de nueve (9) contratistas.

En los pliegos de condiciones quedaron consignadas las justificaciones para celebrar el convenio para revertir (dicen atenuar) el maltrato animal, el abandono, la pérdida, la desatención estatal y la tenencia irresponsable de los animales domésticos de compañía, entre otros.

Resulta interesante en este convenio, que 14 días antes de que la Gobernación iniciara el proceso contractual, o sea, el 5 de Agosto de 2022, QUITASUEÑO obtuviera en la Sede Norte de la Cámara de Comercio de Barranquilla, el Certificado de Cámara de Existencia y Representación Legal de la FUNDACIÓN INSTITUCIÓN ANTONIO NARIÑO.

Desde esa fecha ya sabíamos quiénes serían los beneficiarios de esta adjudicación.

¿QUÉ SE SABE DE LA FUNDACIÓN INSTITUCIÓN ANTONIO NARIÑO?

Han sido varios ciudadanos y ciudadanas de las islas de San Andrés y Providencia quienes en el día de hoy nos escriben y nos preguntan quiénes son y cómo fueron contratados.

Ubicada en el Barrio Montes, frontera entre Rebolo y Los Cocos de la ciudad de Barranquilla, la Fundación Institución Antonio Nariño obtuvo su Personaría Juridica en el Municipio de Soledad y se encuentra registrada el 22 de septiembre de 2003.

Su duración es indefinida y su capital de DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS ($200.000.000.00).

Su órgano de administración es la Junta Directiva y cuenta con una Dirección Ejecutiva.

Inicialmente se conoció con el nombre de Institución Verde Progresista.

¿CUÁLES SON LOS OBJETIVOS DE LA FUNDACIÓN?

Su objetivo general es contribuir al desarrollo de la calidad de vida de los colombianos, especialmente de la región Caribe, mediante el desarrollo de investigaciones cuasi – experimentales, científicas, básicas, aplicadas, bibliográficas, históricas, de tal manera que sus resultados contribuyan a comprender, dominar y cambiar cualitativamente nuestra realidad política, social, económica, ambiental y cultural.

Pero también tiene otros objetivos específicos en donde aparentemente podría hacer todo aquello que no le está prohibido como:

La realización de actividades inherentes a la formulación y ejecución de proyectos aplicados de investigación, estudios, asesorías, consultorías y la constitución de alianzas estratégicas con instituciones públicas y privadas para ejecutar labores de formación y capacitación que contribuyan al desarrollo integral de la primera infancia y los jóvenes.

Lograr el encauzamiento de un proceso de desarrollo sostenible que bajo el principio de la equidad entre géneros, posibilite mejores condiciones de vida a los habitantes de Barranquilla del departamento de la Atlántico, y la región Caribe.

Contribuir al desarrollo económico, social, cultural, institucional, ambiental y educativo de la población y del conjunto de las entidades públicas y privadas que trabajan en la producción de bienes y servicios, y al logro de mejores condiciones de vida y de participación ciudadana en los asuntos de interés de la sociedad en general.

Asesorar a entidades públicas o privadas con o sin ánimo de lucro, organizaciones comunitarias, gremiales o cívicas y a gobiernos locales en el diseño y ejecución de programas y proyectos de interés socioculturales.

Ofrecer programas de atención integral a la primera infancia a nivel local, regional y nacional.

Celebrar contratos y convenios con entidades públicas y privadas de cualquier naturaleza y orden administrativo para la realización de las actividades relacionadas con la atención integral a la primera infancia y a la juventud, así como para adquirir los bienes y elementos necesarios que permitan a esta institución cumplir con sus propósitos de manera eficaz y eficiente.

Celebrar convenios de asociación con estas mismas entidades para que de acuerdo con la Constitución política y la ley, coadyuvar a la ejecución de los fines o cometidos de dichas entidades, particularmente las de carácter público.

Realizar estudios, diagnósticos, campañas y promoción educativas sobre las relaciones de género y la situación de la mujer.

Desarrollar planes, programas y proyectos relacionados con la gestión ambiental, salud, vivienda, seguridad alimentaria y todo lo relacionado con el mejoramiento de la calidad de vida, del adulto mayor, niño, madre cabeza de hogar y familia en general.

Favorecer, motivar, estimular y facilitar todo tipo de expresión autóctona de los habitantes, incluyendo el rescate de sus tradiciones, valores ancestrales, manifestaciones artísticas, culturales, deportivas y lúdicas.

Ofrecer servicios sociales en general, así como manejo integral de guarderías infantiles y centros de atención psicológicos y consejería social.

ASÍ OCURRIÓ

El 19 de agosto de 2022 la Jefa de la Oficina Asesoría Jurídica, doctora Kiutt Rodero Pimienta, emitió concepto de control de legalidad favorable para la publicación del convenio de asociación, a efecto de cumplir con el principio de publicidad en aplicación del decreto No. 092 de 2017 que obedece a la excepcionalidad del tipo de contratación a la que hace referencia el artículo 355 de la Constitución Política.

Por lo que en esa fecha la oficina a cargo de Rodero Piminta emitió concepto favorable para la publicación de los pliegos.

El objeto del convenio sería aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros para la operación del Albergue Departamental Para la Fauna de la Isla de San Andrés de acuerdo con las metas planteadas en el Plan de Desarrollo, 2020 — 2023 “Todos por un Nuevo Comienzo”, de acuerdo con las condiciones y especificaciones técnicas establecidas en el pliego de condiciones y documentos anexos.

El valor del convenio sería de MIL QUINIENTOS UN MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($1.501.500.000.00).

La gobernación aportarīa la suma de MIL CINCUENTA Y UN MILLONES CINCUENTA MIL PESOS ($1.051.050.000.00) y la Entidad Sin Ánimo de Lucro (se sabía desde un principio que era la Fundación Institución Antonio Nariño) CUATROCIENTOS CINCUENTA MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($450.500.000.00).

El plazo de ejecución de cinco meses.

Habrá un primer desembolso equivalente al 30% del valor total del aporte del departamento por concepto de pago anticipado, una vez cumplido los requisitos de perfeccionamiento y ejecución.

Un segundo desembolso equivalente al 30% del valor total del aporte del departamento, a los 60 días de ejecución, previa presentación del informe actividades, factura o cuenta de cobro, certificado de satisfacción expedido por el supervisor del contrato y acreditación del pago de seguridad social y aportes parafiscales.

Y un desembolso final equivalente al 40% del valor del aporte del departamento al finalizar la ejecución del convenio, previa presentación de informe final de actividades, Presentación De factura o cuenta de cobro, certificado de recibo a satisfacción expedido por el supervisor del convenio y acreditación del pago de Seguridad Social y parafiscales.

¿O sea, que podría darse que con el valor del anticipo la Fundación pudiera pagar el valor de la contraprestación que le corresponde?

Atendiendo lo anterior, se hace necesario continuar contratando una operación del albergue departamental para la Fauna de San Andrés.

LA EXPERIENCIA EXIGIDA POR LA GOBERNACIÓN

Reza en los pliegos firmados por el Secretario de Servicios Públicos, Asvil Bryan Gómez, que se hará una verificación de la experiencia en ejecución de proyectos, dos contratos finalizados que contengan desarrollo de proyectos de interés público similar al presente proceso.

Además la sumatoria deberá ser igual o superior al valor del presupuesto oficial, celebrados con anterioridad donde se evidencie la ejecución a satisfacción de proyectos similares al objeto.

Pero como en los pliegos se dejó un subrayado con negrillas que dice que “ la Secretaría no estará sujeta a realizar un proceso competitivo cuando la entidad sin ánimo de lucro comprometa recursos en dinero para la ejecución de las actividades del convenio en una proporción inferior al 30% del valor total del mismo, el 22 de agosto de 2022 el Secretario de Servicios Públicos expidió la Resolución No. 8108 , por medio de la cual se expide el acto administrativo de justificación de la modalidad de contratación directa, es decir, sin licitación ni competencia, para la celebración de un Convenio de Asociación entre el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y la FUNDACIÓN JOSÉ ANTONIO NARIÑO, dado que el aporte de la ESAL (Entidad Sin Ánimo de Lucro) será igual al TREINTA POR CIENTO (30%) del valor del convenio.

Como en el caso del otorgamiento de la Tarjeta de la OCCRE por el Gobernador (E) Luis Viloria Howard a la peticionaria Nazareth Rodríguez Bustos, también en este evento, “ es legal pero sospechoso”

El decreto No. 092 de 2017 y el artículo tres 55 de la Constitución política, contempla la forma en cómo el gobierno nacional, departamental, distrital y municipal puede contratar con entidades sin ánimo de lucro para impulsar programas y actividades de interés público, acorde con el Plan Nacional de Desarrollo, siendo la excepción para que las entidades privadas puedan recibir aportes del Estado con el fin de realizar actividades que contribuyan al bienestar general.

Observaremos con especial atención la ejecución y subcontrataciones de este convenio.

Y que todo sea por el bienestar de los animales.

Acerca de alvaroarchbold (226 Artículos)
Abogado Universidad del Rosario, Especializado en sociologia jurídica con enfásis en sociopolitica de la Universidad de París II Panthéon-Sorbone. Ex-gobernador del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

1 Comentario en LOS ANIMALES DE SAN ANDRÉS TIENEN CONVENIO

  1. ramon alejandro saucedo beron // 23 septiembre, 2022 en 8:27 am // Responder

    …que mas se incluye en los «objetivos»…????
    ramon alejandro saucedo beron
    rasaucedob@yahoo.com

    Me gusta

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Imagen de Twitter

Estás comentando usando tu cuenta de Twitter. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

A %d blogueros les gusta esto: