SAN ANDRÉS: LA TELARAÑA
UN CONTRATO PARA ALBERGAR 50 CARROS Y 500 MOTOCICLETAS SE CONVIRTIÓ EN UN NEGOCIO DE MÁS DE DIEZ MIL MILLONES DE PESOS EN LA ISLA DE SAN ANDRÉS.
La Gobernación del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina acaba de perfeccionar un contrato de transacción por valor de DIEZ MIL CUATROCIENTOS NUEVE MILLONES DOSCIENTOS DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS ($10.409.218.485.00) a favor de NAZARETH CRISTINA RODRÍGUEZ BUSTOS, en su calidad de propietaria y representante legal del PARQUEADERO SAN JOSÉ ubicado en la Isla de San Andrés.

Quizás sea este el negocios jurídico transaccional más grande con un particular en donde la Gobernación acepta de manera expresa su irresponsabilidad, desatención y culpa gravísima optando por un mecanismo maquillado con la legalidad que le otorgan las altas cortes a las entidades del Estado para precaver eventuales y futuros litigios: Los contratos de transacción.
Cabe afirmar que sobre este negocio existió desde tiempo atrás “temor y miedo” en diferentes funcionarios de la Gobernación que prefirieron tomar distancia y apartarse del mismo.
Estimado lector: Esto fue lo que ocurrió:
El 28 de noviembre de 2009, el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y el Parqueadero San José suscribieron el Convenio de Cooperación No. 36 de 2009, para el servicio de parqueo de vehículos inmovilizados, con una duración de un año.
El objeto de acuerdo con la cláusula primera fue aunar esfuerzos con el propietario del parqueadero mediante el apoyo necesario a los funcionarios del tránsito departamental, en su tarea de velar por el cumplimiento del manual normativo del tránsito y transporte, y la seguridad de las personas y de las cosas en las vías públicas.
Posteriormente fueron celebrados entre las partes diferentes contratos de prestación de servicios para la operación del patio del parque y la grúa para el servicio de parqueo de vehículos inmovilizados: En el 2010, 2011, 2012, 2015, 2016, 2019, 2020 y 2021.

En su momento todos los contratos fueron prorrogados, y adjudicados mediante licitación pública, y en todos, el contratista se obligó a asumir por su cuenta y riesgo, todos los costos y gastos necesarios para el cumplimiento de sus obligaciones.
El contratista obtendría o aportaría la financiación total de los recursos requeridos para la ejecución, incluido el personal con todas sus prestaciones sociales, el costo de la grúa en cuanto al mantenimiento y operación, el valor del arriendo del lote y todos y cada uno de los costos que generara realizar la tarea establecida.
La Gobernación no erogará suma alguna para el montaje y desarrollo del contrato a suscribir.
Así las cosas, el contratista (posteriormente La Contratista), garantizaría al contratante la correcta operación del servicio de patios y grúa, durante las 24 horas del día los 365 días del año.
Posteriormente, antes de su fallecimiento, el señor Isidro Rodríguez Arguello, en calidad de propietario del establecimiento de comercio Parqueadero San José dos, transferiría el 10 de julio de 2020, a través de un contrato de compraventa, a su hija Nazaret Cristina Rodríguez Bustos, el derecho real de dominio del parqueadero, ubicado en la zona norte de la isla.
A partir de la fecha, Nazareth Rodríguez Bustos, sería la Representante Legal del Parqueadero, como lo es hasta la fecha.
Las pretensiones de la Representante Legal del Parqueadero “San José “Nazareth Cristina Rodríguez Bustos:
El 1 de abril de 2022, la señora Nazaret Cristina Rodríguez Bustos, da alcance a su solicitud de transacción a través de oficio con número de radicado 223 ante la Oficina Asesora Jurídica, presentando actualización de los valores causados a la fecha por un valor total de TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS ($33,365,404,574.00) pesos.

La suma solicitada, exhorbitante y fuera de medida, fue posteriormente disminuida a $13.570.121.613 millones de pesos, aceptando como una parte de las renuncias. recíprocas de esta parte, la totalidad de los intereses moratorios por valor de 10.463.520.715 millones de pesos.
Lo anterior justificado por la peticionaria en lo contemplado en la Resolución 6746 de 2012, en donde se afirma que el Parqueadero San José tiene la capacidad de albergar 50 carros y 500 motos aproximadamente, la cual no contemplan una cantidad mayor de vehículos almacenados que se presumen en estado de abandono por sus propietarios.
Pero de acuerdo al inventario realizado por la Secretaría de Movilidad, permanecen almacenados 25 carros y 1.102 motos dentro de las instalaciones del parqueadero a partir de su inmovilización, agregando que superada la capacidad prevista tuvo la necesidad de disponer de un nuevo predio, el transporte de los vehículos, y el servicio de vigilancia para garantizar la custodia de los mismos.
¿La Contraloría General del Departamento en su momento en cabeza de Justiniano Brown, se convirtió en cuasi- parte de esta reclamación?
Mediante queja formulada por la Contratista, de esas que le suelen caer a los funcionarios como anillo al dedo, la Contraloria General del Departamento Archipiélago realizó la recepción de 16 folios de oficio de anexos remitidos por la señora Nazaret Cristina Rodríguez Bustos, cuya referencia es una denuncia y petición en el marcode la ley 610 del 2000, solicitando la acción de la Contraloría General frente al daño patrimonial y responsabilidad del departamento en cargas económicas por el abandono de vehículos en un parqueadero particular.
En atención a la denuncia realizada por la señora Nazaret Cristina Rodríguez Bustos, la Contraloria General del departamento expresó, entre otras, que a través a lo dispuesto del informe del día 24 de septiembre de 2021, y de conformidad con las pruebas documentales aportadas, la administración departamental y la Secretaría de Transporte y Tránsito omitieron realizar las efectivas gestiones tendientes al cobro de los valores que correspondían cancelar los infractores y que al no ser cubiertos por estos, corresponde a la Gobernación del Departamento Archipiélago.
Es decir, que la Contraloría abrió el boquete de la transacción, juzgó y determinó la responsabilidad del Departamento en el asunto, antes de que el Gobernador se pronunciara de fondo entorno a la petición de Nazareth Cristina Rodríguez Bustos, lo cual ha creado un ambiente de suspicacia entre los conocedores del asunto.
La decisión unánime del Comité de Conciliación y Defensa Judicial del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina presidido por la Secretaria Privada, Jaquelín Blanco.
Jaquelín Blanco Yepes es la Secretaria Privada del Gobernador y Preside el Comité de Conciliación y Defensa Judicial del Ente Territorial.
La Jefe de la Oficina Asesora Jurídica funge como Secretaria Técnica del Comité.

El 7 de julio de 2022 el Comité de Conciliación y Defensa Judicial del Departamento Archipiélago, en reunión extraordinaria llevada a cabo, según consta en Acta No. 008 de la misma fecha, una vez informados y debatido el caso sometido a estudio, por voto unánime, tomó la decisión de transar por la suma de 9.234.833.012,009.00 pesos, que posteriormente, el 22 de julio de 2022, fue aumentada a 10.409.218.485,00 pesos, en respuesta a un memorando (461) de solicitud de revisión del inventario, en donde se reliquidó el tiempo de permanencia, prescripción e intereses moratorios.
El 25 de julio de 2022, la Secretaria de Hacienda de la Gobernación del Departamento Archipiélago expidió el certificado de disponibilidad presupuestal No. 6412 para el pago de los dineros acordados en el contrato de transacción.
El 4 de agosto de 2022 se protocolizó el contrato de transacción según consta en la Escritura Pública No. 732 ante el Notario Único de San Andrés, Islas.
La decisión final a favor de Nazareth Cristina Rodríguez Bustos y el nombramiento de Kyuut Milena Rodero Pimiento como nueva Jefa de la Oficina Asesora Jurídica de la Gobernación.
Después de haber estado encargada por espacio de más de un año como Jefa de la Oficina Asesora Juridica, la Doctora Diana Garzón Rodríguez no quiso continuar en el Encargo, regresando a su posición inicial de Profesional Especializada, decisión que para muchos resultó sorpresiva, dada su experiencia de más de 15 años en la Oficina Juridica de la Gobernación.
Habiendo sido encargado el Secretario de Movilidad, Luis Fernando Viloria Howard, como Gobernador del Archipiélago, por el titular del Ente Territorial, expide el 5 de agosto el Decreto 450 de 2002, por medio del cual nombra en carácter ordinario a la abogada Kiutt Milena Rodero Pimienta, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1143324622, en el cargo de Jefe de la Oficina Asesora Juridica, bajo el Despacho Departamental.
Su única misión hasta esa fecha era la de hacer efectivo el acuerdo de transacción aprobado por el Comité de Conciliación y Defensa Judicial del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, elevado a Escritura Pública, sin lo cual el pago de las exorbitantes sumas de dinero sería improcedente.
Las expectativas y esperas son largas, tediosas, al borde de tomar visos de intranquilidad, hastío e impaciencia.
El mismo día , el viernes 5 de agosto, Kiutt Milena Rodero Pimiento se presentó ante el Despacho del Gobernador Encargado y Secretario de Movilidad, Viloria Howard, con el fin de tomar posesión del cargo, según consta en Acta No. 220, con un sueldo básico mensual de $10.083.415.00.

Luis Fernando Viloria Howard, conservando su calidad de Secretario de Movilidad, le tomó el juramento de rigor bajo cuya gravedad y penas prometió cumplir bien y fielmente los deberes que el cargo le impone.
Tan solo (2) días hábiles después, el 9 de agosto, en virtud de unas facultades delegadas en el Jefe (a) de la Oficina Asesora Juridica por el Gobernador Everth Hawkins Sjogreen mediante Decreto 257 del 2021 del nivel territorial (artículo 8o.) Kiutt Milena Rodero Pimiento expidió la Resolución No. 7681, ordenando el pago de la transacción a favor de Nazareth Cristina Rodríguez Bustos.
Artículo octavo. Delegación para ordenar el cumplimiento de sentencias, conciliaciones y laudos arbitrales: Delegase en el o el jefe (a) de la oficina asesora jurídica del departamento, la función de expedir los actos administrativos de reconocimiento y pago de sentencias judiciales, conciliaciones o laudos arbitrales.
Es por eso que el Gobernador Titular, Everth Julio Hawkins Sjogreen no aparece en la escena de esta telaraña.

El final “hasta el momento”.
Kiutt Milena reproduce la decisión del Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Gobernación del 7 de julio de 2022; modifica la periodicidad con la que se harán los pagos; eleva del 40% al 50% el primer desembolso que deberá hacerse de las sumas reconocidas a partir de los cinco días hábiles siguientes a la suscripción del contrato de transacción.
En el acto de notificación de la Resolución el notificador omitió colocar su nombre y no se sabe de quién se trata.

Queda incorporada una cláusula muy peligrosa para la Gobernación, que podría derivar en nuevos negocios con la compraventa de cupos y la chatarrización de los vehículos inmovilizados considerados en estado de abandono, que viene siendo denunciada por www.quitasueño.com desde el año 2016.
Con el fin de escuchar su versión, el Blog Quitasueño quiso e intentó comunicarse con Nazareth Cristina Rodríguez Bustos, con quien desde su infancia tuvo la mejor de las relaciones, pero ello no fue posible.

Abogados y expertos conocedores de la materia que poco tiempo atrás fueron consultados sobre el tema, manifestaron haber encontrado muy poca claridad en el asunto, presuntas prescripciones y montos exhorbitantes a ser pagados por la Gobernación del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
Existió mucho miedo en meterse en esta telaraña.
La red no contaba con los códigos necesarios que facilitaran su comprensión.
Pero también existe una enfermedad conocida con el nombre de “mal de Urbach-Wiethe- en la que se produce una destrucción completa de la amígdala cerebral, que es un núcleo neurológico que se encarga de diseñar patrones de respuestas emocionales para hacer frente a los peligros, originando una pérdida del miedo.
Esto pudo haber ocurrido durante los momentos más determinantes y en la toma de decisiones de este contrato.
Qué pasa con las IAS
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Buenos dÃas cordial saludo Nos preguntamos sobre este contrato que encontramos el 2013 ,con esta misma señora Nazareth, con un Parqueadero, ella ya venÃa haciendo contratos con la gobernación a tÃtulo propio. gracias masa Foundation
El dom., 21 de agosto de 2022 12:11 a. m., QUITASUEÃO.COM
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….habra que esperar al mundial de 1986 para resolver los «entuertos» en las islas….
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Hoy se publica está columna de opinión donde se trata de crear un espejismo fantasioso y ruidoso, lleno de conjeturas, por la misma persona que él 20 de marzo de 2018, en este mismo periódico, y sobre este mismo problema escribió «La Gobernación le adeuda al empresario una cuantiosa suma de dinero por derechos de parqueo durante varios años, la cual debe ser conciliada para evitar que se incremente, y con ello incurrir en un presunto, penoso y cuantioso detrimento patrimonial en contra del Departamento, que podría superar la suma de dos mil millones de pesos».
André Maurois dijo un día “Ser sincero no es decir todo lo que se piensa, sino no decir nunca lo contrario de lo que se piensa.”
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De 2000 a 10.000 millones la diferecia es del 400% y hasta más.
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Además del 2018 y 2014 a la fecha operó la prescripción para muchas obligaciones.
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Sus matemáticas aparentan ser muy conclusivas Periodista, pero me surge una duda, cuál es el cálculo que usted hace para asegurar que son 2 mil y no 10 mil, que elemento de juicio jurídico y artimetico tuvo usted en el 2018 para asegurar que para esa fecha eran 2 mil, conoce usted la cantidad de vehículos que ingresaron desde el año 2018 a la fecha y que han sido abandonados. Creo que sus matemáticas les hace falta mucho contexto y sobre todo un juicio de valor y mucha menos incoherencia política y jurídica.
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Por otro lado, y ahora le hablo al Abogado no al periodista, sería conveniente que estudiará los fenómenos de la prescripción y la caducidad, sobre todo sobre su aplicación en el derecho público, y sobre todo al caso en particular, al cual usted tiene al parecer más acceso del que cualquier ciudadano podría tener, lo cual resulta muy particular.
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